IFLA, FEDERACIÓN INTERNACIONAL DE ARQUITECTOS PAISAJISTAS
La IFLA promueve la profesión de arquitectura del paisaje, asociando asociaciones de profesionales locales y realizando alianzas. Exige los más altos estándares de educación, formación, investigación y práctica profesional. Proporciona liderazgo y orientación en todo asunto que competa a la profesión del arquitecto paisajista.
Desde la perspectiva de la arquitectura del paisaje, la IFLA se constituye en un organismo internacional que promueve un entorno de calidad de vida a nivel mundial, sostenible y equilibrado.
Los objetivos dinámicos de la IFLA son:
1.1. Establecer, desarrollar y promover la profesión, la disciplina y la educación de la arquitectura del paisaje, junto con su amplia gama de artes y ciencias a nivel internacional.
1.2. Establecer, desarrollar y promover los más altos estándares de educación y práctica profesional que influyen en la más amplia gama de operaciones de arquitectura paisajística (incluyendo pero no limitando a la planificación, el diseño, la ecología, la biodiversidad, la gestión, el mantenimiento, la cultura, la conservación y lo socio-económico).
1.3. Desarrollar y promover el intercambio internacional de conocimientos, investigación, habilidades y experiencia en todos los asuntos relacionados con la arquitectura del paisaje en todas las culturas y comunidades.
Para lograr estos objetivos el órgano rector de la IFLA deberá:
1.4. Fomentar y apoyar la formación y el desarrollo de nuevas y existentes asociaciones profesionales nacionales y multinacionales de los arquitectos paisajistas.
1.5. Alentar y apoyar el establecimiento de regiones, grupos regionales y los consejos o asambleas de asociados, y los grupos de intereses afines.
1.6. Mantener congresos, conferencias y otras reuniones pertinentes.
1.7. Permitir la formación de comités y grupos de trabajo adecuados para los propósitos de tareas específicas de acuerdo con las estrategias y planes predeterminados.
1.8. Fomentar y apoyar la formación, creación y desarrollo de oportunidades educativas de arquitectura del paisaje, las normas y la investigación en todo el mundo.
1.9. Alentar y apoyar a todos los niveles de gobierno para establecer y mejorar la legislación relativa a la profesión de la arquitectura del paisaje.
1.10. Colaborar y cooperar con los organismos internacionales competentes y grupos profesionales para el avance de la profesión.
1.11. Fomentar y apoyar la edición y distribución de datos de investigación pertinentes para el progreso y desarrollo de la profesión.
1.12. Emprender las gestiones oportunas a los organismos gubernamentales, no gubernamentales, nacionales e internacionales en apoyo y en representación de las asociaciones nacionales existentes y potenciales.
1.13. Alentar y apoyar cualquier otra acción que beneficie a la profesión de la arquitectura del paisaje de una manera apropiada en todo el mundo.
(Jorge Amonzabel)